Abanto Zierbena actualizará un 3% las tasas el próximo año
La subida de precios ha supuesto un incremento del gasto en los servicios que presta el Ayuntamiento, que introduce este aumento para poder mantener la calidad de los mismos
Ya desde el pasado ejercicio se inició un cambio de ciclo tanto en los intereses aprobados por el Banco Central Europeo como por el incremento de los precios al consumo (IPC). La primera medida es consecuencia directa de la segunda en su intento por moderarla. Ambas circunstancias han conllevado a que se produzca de hecho un importante incremento de precios, y por tanto de costes, tanto en los materiales adquiridos como en los servicios a prestar por el Ayuntamiento.
Es por ello que se ha propuesto una subida de impuestos y tasas para el ejercicio 2024 del 3 %. “La necesidad de seguir prestando los servicios con la calidad actual exige que se deban financiar también con los recursos suficientes y así evitar su menoscabo, ya que hay que tener en cuenta que en muchos casos están dirigidos a los grupos de población más cercanos a la exclusión social”, explican desde el Consistorio.
Por otro lado, el Tribunal Supremo ha establecido que un Ayuntamiento no puede establecer diferencias cuantitativas en una tasa por utilización de instalaciones deportivas atendiendo a que sus usuarios estén o no empadronados en el municipio. Esto conlleva que la tasa por prestación de servicios en piscinas e instalaciones deportivas deba de ser modificada, así como todas aquellas que contemplen tarifas discriminatorias en razón al no empadronamiento.
Tras estos hechos se han propuesto para cada una las figuras tributarias una serie de modificaciones. Para la Ordenanza General, la cuota mínima a liquidar por cualquier figura periódica será la de 12 euros y se establece una bonificación del 5 % durante tres ejercicios para aquellos que domicilien sus deudas de vencimiento periódico gestionados por el Ayuntamiento.
Para la Ordenanza Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), se ha propuesto incrementar en un 3 % los tipos impositivos aplicables, excepto el correspondiente a los bienes inmuebles de características especiales (BICEs). También se establece una duración de la bonificación por el plazo de 5 años. Para la Ordenanza Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras (ICIO), se propone una ampliación de la bonificación al 95 %.
Para la Ordenanza Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (IVTM), se propone incrementar en un 3 % las tarifas aplicables, excepto a las motocicletas hasta 125 c.c. que se establecen en 12 euros por lo señalado anteriormente. Asimismo, se equiparán las motocicletas eléctricas a las motocicletas hasta 49 c.c. Para la Ordenanza Tasa prestación de servicios, se incrementan tarifas en un 3 % y se eliminan las tarifas referidas a no empadronados y para la Ordenanza Tasa ocupación, se propone la liquidación anual para las empresas explotadoras de servicios de suministro del suelo, subsuelo y vuelo.
Con estas propuestas se procura que las cantidades a cobrar estén redondeadas por lo que los importes serán cercanos por exceso o por defecto al 3 %.